Fecha: 2018-09-11 01:53:37


Promulgaron la Ley del Régimen de Responsabilidad Penal para niñas, niños y adolescentes


El Poder Ejecutivo Provincial promulgó la Ley sobre Régimen de Responsabilidad Penal para niñas, niños y adolescentes, que permitirá la adecuación de la normativa existente con los compromisos asumidos por el Estado Nacional. La Ley fue tratada y sancionada por ambas cámaras legislativas, a partir de una Iniciativa Legislativa de la Corte de Justic

La Ley 8097, promulgada este miércoles por el Poder Ejecutivo Provincial, establece que el procedimiento especial que se instaura mediante el presente régimen legal, se aplicará a las causas por delitos cometidos exclusivamente o con la participación de niñas, niños o adolescentes que, a la fecha de comisión del hecho, no hubiesen cumplido 18 años. El proceso se realizará de acuerdo a las normas previstas en el Código Procesal Penal y regirán operativamente todas las garantías y derechos consagrados en la Constitución Nacional, los tratados internacionales incorporados a la Carta Magna Nacional, la Constitución Provincial y la Ley 7.039.
Entre éstas, especialmente, se contemplan las disposiciones contenidas en la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño, las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para la Administración de la Justicia de Menores (Reglas de Beijing), las Reglas de las Naciones Unidas para la Protección de los Menores Privados de Libertad, las Directrices de las Naciones Unidas para la Prevención de la Delincuencia Juvenil, la Ley de Protección integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes (Ley 26.061) y la Ley Nacional de Protección contra la Violencia Familiar (Ley 24.417).
La Ley también contempla que el fiscal penal juvenil dirigirá la investigación penal preparatoria, en las causas iniciadas por hechos en los que hubieran participado exclusivamente niñas, niños o adolescentes penalmente responsables. En tanto, los jueces penales juveniles ejercerán las funciones del juez de garantías y actuarán como juez unipersonal de juicio.
La normativa consta de 34 artículos y entrará en vigencia una vez que sean posesionados en su cargo los Fiscales, Defensores Oficiales y Asesores de Incapaces necesarios para su efectivo cumplimiento. Ese plazo no podrá exceder de un año a partir de publicación, realizada este miércoles.

Fuente: Poder Judicial Salta