Fecha: 2018-09-19 04:20:17


LUCES Y SOMBRAS DE LA DIRECCION DE RRHH DE POLICIA DE SALTA


Se conoció que los últimos  movimientos de la cúpula policial de la Unidad Regional de  - Metán, sacaron a la luz las irregularidades y maltratos a los que se sometía al personal policial, tales como   RECARGOS, los cuales constan de prestar servicio policial, fuera de las 8 horas diarias legales.

Se conoció que los últimos  movimientos de la cúpula policial de la Unidad Regional de  - Metán, sacaron a la luz las irregularidades y maltratos a los que se sometía al personal policial, tales como   RECARGOS, los cuales constan de prestar servicio policial, fuera de las 8 horas diarias legales.  Estamos hablando de llegar a 12 horas de servicio por jornada. Estos se daban de manera arbitraria y sin mediar razón o preocupación alguna por la situación familiar o personal que pudiera atravesar dicho personal, sean hombres o mujeres.. 

Sin duda que esté exceso ò abuso de horas pasa en todas las dependencias y areas de la Institución policial, sometiendo a los mismos a un régimen esclavista y reducción a la servidumbre prácticamente en pleno siglo XXI ,  por cuanto no pueden oponerse a realizar el mismo, solo deben  obedecer.sin chistar ni protestar.

Esta situación también se vislumbra con las sanciones disciplinarias" que según el decreto   1490 Reglamentación de la Ley Orgánica Policial del año 2014,, siguen utilizando el termino ARRESTO, como si se tratara de un delincuente que infringe la ley.y hay que penalizarlo. En dicha norma (art 125 inc a) dice claramente  y textual que “el cumplimiento del arresto  del arresto se hará bajo la modalidad de  DOBLE HORARIO DE SERVICIO”, debiendo el funcionario sancionado cumplir con la sanción durante (5) c CINCO horas de labor extra a la jornada laboral normal”.Que rinde laboral puede haber en un personal sometido a tales vejámenes? Con el agravante que no es remunerado ni compensado en descanso físico ni psicológico por la extensión de la jornada horaria.

En esta línea de razonamiento y creyendo que otorgan un beneficio, a aquellas madres o padres que tengan guarda de sus hijos, deberán cumplir la sanción en su domicilio, es decir que durante esas 5 horas deben están encerrados en sus domicilios sin poder salir a ninguna otra actividad….  Ello, rozarìa la frontera de la  privación ilegítima de la libertad y abuso de autoridad.…

Podemos agregar, que si el funcionario policial  desea interponer un recurso porque se considera injusta e improcedeante  la sanciòn.,Podrà  hacerlo, pero debe cumplir igual la misma, es decir que no le asiste el principio de inocencia prácticamente, por cuanto independientemente se confirma  la misma,como culpable ò inocente) debe obedecer con su cumplimiento, de lo contrario se le  instruye sumario administrativo por QUEBRANTAMIENTO DE ARRESTO, lo cual desemboca en una posible baja a la fuerza. NO DIJO en los medios, EL Jefe de Policía que eran VOLUNTARIAS LAS HORAS EXTRAS???’ Serìa difícil por no decir imposible su probanza de horas voluntarias en la fuerza,cuando es de hace mucho tiempo,costumbre ò pràctica habitual de sanciòn.

Entiéndase  que la COACCION FÍSICA Y PSICOLOGICA por la que  atraviesa el personal policial,  cuando  no puede defenderse, así como también cuando solicita un  RECONOCIMIENTO DE DERECHOS(Ascensos,etc.) no solo es denegado arbitrariamente sino que además, si afectò la sensibilidad del superior ,o no le agradó  el fundamento y antecedentes, deciden sancionar impunemente, en nombre de la SUPERIORIDAD NO SE CUESTIONA…. Sin hablar del estigma y discriminación , que recae sobre aquellos que solicitan LICENCIA MÉDICA por razones de salud,que cuando no están de acuerdo sus superiores inmediatos,ahasta les hacen devolver las horas y días que usufructuó… pero no es esto una flagrante vulneración y negación de un legìtimo derecho humano??

Comparativamente,ninguna otra  fuerza de seguridad   nacional (ejercitogendarmería,etc.) No tiene y mantiene este sistema de condicionamiento arcaico,obsoleto denominado Regimen Disciplinario para el Personal Policial de la Provincia de Salta,donde el numerario  policial es prácticamente ALINEADO,, Así se dice buscar un policía pensante crítico reflexivo, si la misma institución no hace otra cosa que coartar y privar del ejercicio de  sus derechos, deshumanizándolo diariamente con sus prácticas y violencia simbólica e institucional.??

La pregunta es… que hace  y omite el DIRECTOR GENERAL DE RECURSOS HUMANOS,   de la fuerza? No es  acaso  su misión velar por la “salud y bienestar de su recurso humano”  policial¿???  Porque su ausencia y cuasi complicidad por omisiòn,  en  legitimar derechos, y  DIBUJAR   situaciones para beneficiar a unos en desmedro de otros en iguales condiciones (ascensos, antigüedad, traslados,  licencias),?…. Porque no funciona,ni funcionò ,  operativamente el Centro Integral de la Violencia en Contra de la Mujer Policìa,que tanta publicidad se le  dio hace meses,? Ya que uando  las mujeres policías padecerìan  toda serie  de atropellos muchas veces por parte de las mismas  CONGENERES policías, con    saña y alevosía, y “ apañadas”que serìan , por los mandos superiores,sus reclamos y demandas quedan en la nada absoluta e impunidad??

Lo curioso y llamativo es que la actual normativa fuè suscripta hace 4 años atrás(2014) y suscripta por el actual Gobernador de la Provincia,pero….la Realidad interna del Personal no parece condecirse con la realidad del Decreto 1490/14 Reglamentario.

 

 Art.6to Decreto 1490/14 : "Garantìas - Protecciòn Personal Policial"

 "...El personal policial tiene DERECHO a la Protecciòn de la Vida,Integridad Fìsica,y el RESPETO a su Dignidad como Ser Humano y Autoridad...Ningùn Policìa podrà ser sancionado por negarse a ejecutar una Orden Ilegal e Inconstitucional, debiendo ser Informada al Superior Jeràrquico de quien la emita.."

Fuente: Tiempos de Hoy